A menudo las comunidades de propietarios no son conscientes de sus obligaciones fiscales. Los ciudadanos desconocen que los ingresos obtenidos por su comunidad cuando, por ejemplo, se alquila la azotea para una antena, trasteros o locales, deben ser imputados a cada uno de los propietarios a través del régimen de atribución de rentas. Concretamente el modelo 184 que para las comunidades afectadas Ecotres acaba de presentar a fin de enero como cada año.
Ahora, en febrero, hay que presentar el modelo 347 y 415 en el que se informa a la Hacienda Nacional y Canaria respectivamente de las compras y ventas superiores a 3005,06€, rara es la comunidad que en el conjunto del año no ha recibido un servicio por esa cuantía, limpieza, ascensores u obras suman habitualmente esa cantidad en facturas a lo largo del ejercicio.
Para cumplir con dichas obligaciones, las Comunidades ya no se podrán limitar a computar los diferentes gastos por conceptos o períodos, una hoja con cruces o un excel como aún vemos en las comunidades que nos llegan, sino que tendrán que llevar una contabilidad detallada y estar muy pendientes de aquellos proveedores que puedan facturar a la comunidad más de 3.005,06 € al año, lo que obliga a obtener, para consignarlos en la declaración a presentar, los siguientes datos:
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa, así como el número de identificación fiscal de cada una de las personas o entidades incluidas en la declaración.
- El importe total de las operaciones realizadas con cada persona o entidad durante el año natural al que la declaración se refiera.
- También deben hacerse constar los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.
- En particular, se harán constar separadamente de otras operaciones que, en su caso, se realicen entre las mismas partes, los arrendamientos. En estos casos, el arrendador consignará el nombre y apellidos, razón social o denominación completa y el número de identificación fiscal de los arrendatarios, así como las referencias catastrales y datos necesarios para la localización de los inmuebles arrendados.
La declaración modelo 347 debe presentarse durante el mes de febrero de cada año y para la Agencia tributaria Canaria el modelo 415.
El incumplimiento de esta obligación puede traer aparejado multas por cada registro faltante, por lo que la repercusión económica para la comunidad, por no cumplir en tiempo y forma con hacienda, puede ser muy importante llegando incluso a los 20.000€.
ECOTRES elabora la contabilidad de sus clientes siguiendo el Plan General Contable español y cuenta con un software que identifica con precisión los movimientos con clientes y proveedores, lo que nos permite obtener de forma clara y exacta los datos necesarios para cumplimentar dicho impreso, por lo que nuestros clientes pueden estar tranquilos de que se cumplirá estrictamente con estas obligaciones fiscales a la que las Comunidades de Propietarios se ven sometidas.