A menudo se confunde el derecho de propiedad sobre una plaza de aparcamiento comunitario, destinado a estacionar un vehículo, con un lugar de libre disposición. ¿Se pueden instalar vallas u otros delimitadores de las plazas? ¿Si alguien ocupó mi plaza puedo aparcar en cualquier otra? ¿Puedo dejar otros objetos en mi plaza? ¿y aparcar más de un vehículo?
Las plazas de garaje comunitario son fuente de numerosos usos indebidos, que pueden casusa molestias o poner en peligro la seguridad de todo el edificio.
Es preciso destacar que el uso de las plazas de garajes debe limitarse a su fin concreto, aparcar vehículos a motor, y no a otros, sin perjuicio de las normas contenidas en los estatutos que maticen o amplíen este concepto.
En relación con la consideración de vehículo a motor, este debe contar con autorización administrativa acorde a la legislación de tráfico, y, por tanto, contar con matrícula, certificado de ITV y seguro. No precisan seguro obligatorio los remolques o semirremolques que están amparados por el vehículo que los transporta, ni aquellos que estén dados de baja temporal o definitiva. Como consecuencia si no se considera vehículo a motor no podrá estacionarse, pues será el seguro de responsabilidad civil de la comunidad el que deba asumir la indemnización en caso de siniestro, sin perjuicio de su derecho de repetición.
- No podrá dejarse en las plazas objetos distintos a un vehículo a motor. Si bien es posible permitir mediante el acuerdo de junta su uso para, por ejemplo, bicicletas, siempre que estén ubicada dentro de la plaza y no entorpezcan la maniobra de los vecinos.
- No podrán cerrarse perimetralmente las plazas ni instalar ningún elemento que impida la libre circulación de los vehículos colindantes. La colocación de cepos debe aprobarse en junta y, en su caso, ubicarse en el centro de la plaza.
- Nadie podrá aparcar en plazas que no le correspondan.
- Es posible aparcar más de un vehículo siempre y cuando no exceda de los límites de la plaza ni perjudique a los colindantes, por ejemplo, si impide abrir la puerta de los otros vehículos.
- La colocación de cajas u otros objetos está especialmente prohibida. En muchos casos está práctica implica riesgos de incendio pues las cajas de cartón, botes de pintura, de aceite, etc. pueden ser inflamables lo que entraña un riesgo mayor al estar rodeados de vehículos.
- Si el garaje cuenta con elementos comunes, y la normativa lo permitiera, es posible su uso para el aparcamiento, por ejemplo, de motocicletas pero este uso debe estar regulado por un acuerdo de junta. En su defecto la comunidad podría acordar llamar a una grúa privada y trasladar el vehículo a la vía pública con cargo al infractor.
En definitiva, un uso racional y respetuoso de las instalaciones comunitarias redunda en beneficio de todos.