Acabas de comprar una vivienda en una comunidad y probablemente desconozcas las normas y responsabilidades que asumes al integrarte en la misma. La Ley de Propiedad Horizontal te informa de que obligaciones tienes.
Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.
Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados. Permitiendo la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante estos de las infracciones cometidas y de los daños causados.
¿A quién corresponde la obligación de comunicar un cambio de titularidad?
Al vendedor, sin embargo, si este no lo hace es conveniente que lo comuniques, pues mientras tanto, no podrás acceder a la información de la comunidad, no se te comunicarán juntas, etc.
¿Hasta dónde respondes de las deudas del anterior propietario?
La anualidad en curso y las tres anteriores, por ello es más que recomendable solicitar el correspondiente certificado de cuota al día antes de firmar la compraventa.
Si tengo otro domicilio, ¿debo comunicarlo?
Si. A efectos de citaciones para junta y cualquier otra comunicación con la comunidad, en caso de no notificar un domicilio alternativo dentro del país, se usará por defecto el del inmueble.
¿Debo asumir el cargo de presidente?
Si. Salvo causa justificada que, en caso de duda, determina un juez.