Actualizado al 4/11/2019
Tal como le adelantamos en julio pasado, está en marcha el Segundo dividendo digital.
El 14 de noviembre se inicia la adaptación de frecuencia, que se prolongará durante 6 meses. En este tiempo se emitirá por ambas bandas por lo que no se dejará de ver ningún canal y sólo será necesaria la resintonización de los televisores una vez efectuados los cambios y antes de abril de 2020.
En el caso de Gran Canaria hay que sustituir el canal 50 de la Isleta y el canal 56 de la cumbre y sustituirlos por el 31 y 25 respectivamente. El importe de dichos trabajos está subvencionado con 146,90€+IGIC por cabecera cuando el edificio, por su tamaño, tenga más de una. En Lanzarote son dos, Subvención 260,75€, y en Fuerteventura tres, Subvención 365,05€.
Una vez realizados dichos cambios por una empresa instaladora registrada, podrá empezarse a pedir dicha subvención correspondiente que se publicó el 25 de septiembre pasado (convocatoria de subvenciones) con un importe de 145 millones de euros, la cual será gestionada por el empresa pública Red.es.
Estas ayudas buscan facilitar una liberación fluida y coordinada de la banda de 700 MHz por parte de los servicios de televisión terrestre, así como garantizar la continuidad de los servicios de televisión.
El objetivo final de estas subvenciones es compensar los gastos, a las que se somete a las comunidades de vecinos, por las actuaciones necesarias para la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por el proceso de liberación de la banda de 700 MHz.
¿Es necesario en viviendas unifamiliares? ¿Debo resintonizar mi televisor? ¿Perderé canales?
Esta adaptación no será necesaria en viviendas unifamiliares, ni en edificios comunitarios de pequeño tamaño con amplificador de banda ancha. En cualquier caso, independientemente del tipo de equipo de recepción de señal, todos deberemos resintonizar el televisor una vez realizado el cambio, para lo que hay un plazo de 6 meses. Este proceso de liberación del Segundo Dividendo Digital no implicará la aparición ni desaparición de canales de televisión, así como tampoco la obsolescencia de televisores ni decodificadores TDT.
¿Que casos pueden darse según el tamaño de la comunidad?
- Comunidades que, por su pequeño tamaño, tengan instalado un AMPLIFICADOR BANDA ANCHA, en las que no habrá que hacer nada.
- Aquellas que tengan un AMPLIFICADOR PROGRAMABLE, en este caso habrá que reprogramar esta central. Subvención 104,30€.
- Por último, comunidades con AMPLIFICADORES MONOCANALES, aquí el cambio será de cada amplificador. En el caso de Gran Canaria, que está dividida en dos sectores, norte y sur, hay un único múltiple afectado en cada uno, Subvención 156,45€, en Lanzarote son dos, Subvención 260,75€, y en Fuerteventura tres, Subvención 365,05€.
¿ Qué documentación necesitamos para obtener la ayuda para el Segundo Dividendo Digital ?
- Factura de la actuación objeto de la subvención emitida por un instalador autorizado de telecomunicaciones, inscritas en el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación, en los tipos A o F de los contemplados en la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril.
- Boletín de instalación emitido por la empresa instaladora, identificando en el apartado de «descripción de la instalación o intervención» el detalle de los trabajos realizados.
- Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria a favor del beneficiario donde se realizará el abono de la subvención.
Como de costumbre puede despreocuparse, Ecotres Administración de Fincas se ocupará se solicitar la instalación, verificar que la empresa posea la acreditación necesaria y gestionar la subvención para que a la comunidad no le cueste nada.